Acuerdo 7-2026: los bancos en Panamá ya no podrán cobrar por retiros, depósitos ni cartas de referencia
La Superintendencia de Bancos de Panamá emitió el Acuerdo No. 7-2026 (25 de agosto de 2026), que modifica los artículos 4 y 5 del Acuerdo 4-2011 y amplía la lista de servicios por los que los bancos no pueden cobrar comisiones ni recargos: retiros y depósitos presenciales en efectivo (con tope de B/.10,000 al mes en billetes y B/.5,000 en monedas), designación de beneficiarios, confirmación de mensajes SWIFT, cartas de saldo y referencias bancarias, historial de pagos una vez al año y pagos presenciales de créditos. Prohíbe la comisión por cancelación anticipada en hipotecas después de cinco años y siempre en créditos de consumo, agropecuarios y con tasa preferencial, y obliga a aplicar los pagos extraordinarios al capital. Entra en vigencia el 4 de enero de 2027.
Pocas cosas irritan tanto a un dueño de negocio como abrir el estado de cuenta y encontrar un cargo por pedir una carta de referencia bancaria que necesitaba para un cliente, o una comisión por haber depositado en ventanilla el efectivo del día. A partir del 4 de enero de 2027, varios de esos cobros dejan de existir en Panamá.
Qué pasó
La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) emitió el Acuerdo No. 7-2026, fechado el 25 de agosto de 2026, que modifica los artículos 4 y 5 del Acuerdo 4-2011, la norma que desde hace quince años regula qué comisiones pueden cobrar los bancos. La noticia la reportaron La Prensa e Infobae el 9 de septiembre, y el texto completo está publicado en el sitio de la SBP. Según el propio regulador, el objetivo es mejorar el equilibrio entre las entidades y sus clientes y dar más transparencia a los costos de operar una cuenta o un crédito.
Qué servicios dejan de tener comisión
El acuerdo amplía la lista de operaciones que no pueden generar comisiones ni recargos. En el lado de las cuentas (operaciones pasivas), quedan libres de cobro los retiros presenciales en efectivo de cuentas de ahorro o corrientes, los depósitos presenciales en efectivo dentro del horario de atención, la designación o cambio de beneficiarios y la emisión de la confirmación de un mensaje SWIFT.
En el lado del crédito (operaciones activas), los bancos ya no podrán cobrar por los pagos presenciales de obligaciones, por la emisión de cartas de saldo, constancias de situación crediticia y referencias bancarias, por el historial de pagos cuando el cliente lo solicite una vez al año, ni por la documentación crediticia.
Hay una excepción pensada para los negocios que manejan mucho efectivo: los depósitos siguen pudiendo generar comisión cuando superan diez mil balboas (B/.10,000) en un mes calendario, o cinco mil balboas (B/.5,000) si son en monedas. Un comercio que deposita más de eso al mes debe seguir contando con ese cargo, o negociarlo con su banco.
Cancelación anticipada y pagos extraordinarios
El cambio con más impacto en el bolsillo está en los préstamos. En los créditos hipotecarios, la comisión por cancelación anticipada, por pagos extraordinarios o por migrar el crédito a otro banco queda prohibida una vez transcurridos más de cinco años del plazo originalmente pactado. En los créditos de consumo, los agropecuarios y los préstamos con tasas preferenciales o especiales, esa comisión no se puede cobrar en ningún momento.
El acuerdo añade una regla que cualquier persona con un préstamo debería conocer: cuando el cliente hace un pago extraordinario, el banco debe aplicarlo al capital, no a cubrir cuotas futuras. Es la diferencia entre abonar realmente a la deuda y simplemente adelantar mensualidades.
A quién afecta
A todos los bancos supervisados por la SBP y, del otro lado, a todos sus clientes: personas naturales y jurídicas. Para una PyME panameña, los efectos concretos aparecen en tres lugares. Primero, en la caja: quien deposita el efectivo del día en ventanilla deja de pagar por hacerlo, dentro del tope mensual. Segundo, en los trámites: las cartas de referencia bancaria y las constancias de saldo que piden proveedores, licitaciones o arrendadores dejan de costar. Tercero, en el financiamiento: las empresas con préstamos de consumo o agropecuarios pueden abonar a capital sin penalidad, y las que tienen hipotecas comerciales con más de cinco años, también.
Fechas clave y qué hacer ahora
La norma entra en vigencia el 4 de enero de 2027. Hasta entonces, los tarifarios actuales siguen aplicando. Lo razonable para un negocio es hacer tres cosas en los próximos meses: revisar el estado de cuenta de septiembre e identificar qué comisiones de la lista está pagando hoy, para estimar cuánto deja de pagar en 2027; verificar en enero que el banco efectivamente las retiró, porque el cambio no siempre es automático en todos los productos; y, si tiene préstamos con capacidad de abono extraordinario, planificar esos pagos para después de la entrada en vigencia, cuando el abono va directo al capital sin comisión.
Cómo ayuda Core360
El seguimiento de esos cargos es un trabajo de conciliación, y ahí es donde un sistema evita que el cambio se quede en la noticia. Core360 registra las cuentas bancarias de la empresa dentro del mismo sistema donde vive la contabilidad, de modo que cada comisión queda contabilizada en el mes en que ocurre y un cargo que ya no debería aparecer en 2027 se nota al revisar el mes, no meses después. Si quieres ordenar tus bancos antes del cambio, puedes probar Core360 gratis por 30 días o escribirnos a [email protected] y al WhatsApp +507 6534-2590.
Fuentes: Acuerdo No. 7-2026 de la Superintendencia de Bancos de Panamá (superbancos.gob.pa); La Prensa, “Superintendencia limita las comisiones bancarias: qué servicios ya no podrán cobrar los bancos” (9 de septiembre de 2026); Infobae Panamá, “Superintendencia limita los recargos y comisiones que podrán imponer los bancos en Panamá” (9 de septiembre de 2026).
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Acuerdo 7-2026 de la Superintendencia de Bancos?
Es una norma emitida el 25 de agosto de 2026 que modifica los artículos 4 y 5 del Acuerdo 4-2011 y amplía la lista de servicios bancarios por los que las entidades no pueden cobrar comisiones ni recargos a sus clientes.
¿Desde cuándo aplica?
A partir del 4 de enero de 2027. Hasta esa fecha los bancos pueden seguir cobrando las comisiones vigentes en sus tarifarios.
¿Puedo pagar mi préstamo antes de tiempo sin penalidad?
En créditos de consumo, agropecuarios y con tasa preferencial, sí, en cualquier momento. En créditos hipotecarios, la comisión por cancelación anticipada, pagos extraordinarios o migración queda prohibida una vez transcurridos más de cinco años del plazo pactado.
¿Los depósitos en efectivo siguen siendo gratis?
Los depósitos presenciales en horario de atención no pueden generar comisión, salvo que el cliente supere B/.10,000 en efectivo en un mes calendario o B/.5,000 en monedas; por encima de esos montos el banco sí puede cobrar.
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